¿Qué sucedió?

SERCAFE S.A.S. contrató con una aseguradora el seguro de vida grupo, y para la contratación de dicha póliza se generó un compromiso por parte de la aseguradora de diligenciar requisitos de asegurabilidad para ciertas personas con un amparo automático de 60 días. En todos los casos, la aseguradora debía informar con anterioridad la finalización del periodo de automaticidad frente al requisito de asegurabilidad, con el objetivo de dar información clara y eficaz al tomador del seguro sobre las personas aseguradas. 

El Sr. GONZALO PÉREZ, asegurado en la póliza, falleció el 14 de abril de 2016 como consecuencia de un atentado sobre su vida, siniestro que se materializó 14 días después de la renovación de la póliza. Vale aclarar que esta póliza se venía pagando durante un año.

No obstante, la aseguradora se negó al pago de la indemnización aduciendo que no se cumplió con los requisitos de asegurabilidad.

¿Qué realizó 911 abogados?

A través de una proteccion del consumidor, 911 abogados solicitó, a la delegatura para funciones jurisdiccionales de la Superintendencia Financia de Colombia, declarar el incumplimiento del pago del seguro de vida grupo ofrecido por la aseguradora a la empresa SERCAFE S.A.S. Además, ordenar el pago de $340.000.000 correspondiendo a la indemnización derivada del seguro de vida grupo contratado por la compañía SERCAFE S.A.S.

¿Qué resultado obtuvimos?

911 abogados logró, a través de la acción de protección al consumidor, que la aseguradora pagara el valor de $340.000.000 al beneficiario del Sr. GONZALO PÉREZ la indemnización del seguro de vida grupo que en vida contrató con la aseguradora.